RESIDENCIA POR MERCOSUR

 

Este permiso está dirigido a aquellas personas nacionales de países que están en el Acuerdo sobre residencia de los Estados Partes de Mercosur, Bolivia y Chile, que incluye a ciudadanos/as de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay.

Se les otorgará Residencia Temporal en virtud del principio de reciprocidad internacional, según lo señalado en el artículo 70 N° 13 de la Ley N° 21.325.

Esta solicitud de Residencia Temporal debe realizarse en el extranjero, ingresando con la cuenta creada por el postulante para esos fines o con ClaveÚnica, en el Portal de Trámites Digitales del Servicio Nacional de Migraciones.

Solicitar Residencia Temporal *

Luego de la asesoría solicitud de requisitos

Carga de documentación en el sistema

Envío de solicitud.

Se envía copia al mail de lo enviado.

Acompañamiento durante todo el trámite SUBSANAR

Costo del trámite $80.000 pesos chilenos mas el arancel consular (segun la nacionalidad es un monto distinto) En el Acuerdo Migratorio entre Bolivia y Chile se eliminó el arancel de solicitud para los nacionales bolivianos.